Corte Constitucional permite a gobiernos locales restringir áreas para la minería

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Los entes territoriales podrán prohibir proyectos mineros debido a que la Corte Constitucional tumbó el articulo del Código de Minas que le daba exclusividad al Gobierno nacional para decidir frente al tema.

La decisión de la Corte Constitucional fue celebrada por la Administración municipal y los concejales promotores de la consulta popular minera en Ibagué, catalogándolo de “una batalla ganada”.

En Sala Plena de la Corte Constitucional se tumbó el articulo 37 de la Ley 685 del 2001 (Código de Minas), el cual impedía que las autoridad regionales, seccionales o locales pudieran excluir zonas de su territorio para impedir proyectos mineros.

Con cinco votos a favor fue tumbada la ponencia del magistrado Alejandro Linares, quien pedía que se declarara exequible la restricción para que la autoridades regionales tomaran decisiones frente a proyectos mineros, argumentando que ese artículo ya se había debatido en la Corte y tomado una decisión al respecto.

Es decir que las gobernaciones, alcaldías y hasta los concejos, podrían delimitar áreas especiales de protección para impedir que se desarrolle dicha actividad, lo que deberá ser justificado técnicamente según el Código de Minas, donde se demuestre que no se puede implementar dicha actividad.

La decisión en Sala Plena fue tomada por los magistrados: María Victoria Calle, Gloria Stella Ortiz, Luis Ernesto Vargas, Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas, pero obtuvo cuatro votos en contra por parte de los magistrados Jorge Pretelt, Luis Guillermo Guerrero, Gabriel Eduardo Mendoza y por su puesto el ponente Alejandro Linares.

El debate se originó por la demanda de cinco estudiantes de la Universidad de Antioquia, quienes consideraron que el articulado imponía límites a los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), vulnerando el principio de autonomía territorial consagrado en la Constitución Política.

Por lo tanto el impedimento no podría otorgarse mediante una Ley ordinaria, si no, por medio de una Ley estatutaria, siendo el Congreso el organismo encargado de establecer dicha Ley, lo que indica que mientras esto no suceda, se tendría autonomía seccional y no sería necesarios mecanismos como la consulta popular para impedir que se desarrollen proyectos mineros.

La magistrada Gloria Ortiz, deberá presentar una próxima ponencia con la postura mayoritaria que tuvo la Corte a favor de la inexequibilidad del artículo, para estipular los alcances del fallo.

La consulta

La Administración municipal y algunos concejales consideran que ya no hay impedimentos para que el Tribunal Administrativo del Tolima declare legalidad constitucional a la propuesta de la consulta, y se atrevieron a indicar que los opositores se habrían quedado sin argumentos jurídicos.

El presidente del Concejo Camilo Delgado dijo: “Por lo pronto se caen los argumentos de la Procuraduría que ha estado a favor de la minería, y que se ha interpretado de forma sesgada por el Ministerio Público; al declararse inconstitucional se deja sin piso o elementos normativos para que se sigan sustentando en una tesis según la cual los concejos no tienen competencia para definir asuntos de su territorio”.

Y complementó: “Esperamos que el Ministerio Público atienda y acate este nuevo pronunciamiento de la Corte, porque no queremos que se suscite un enfrentamiento o desobediencia al cumplimiento de la decisión, ya no se podría hablar de extralimitación de funciones a los concejales que hemos promovido la consulta popular, y cualquier imputación disciplinaria en contra sería atípica”.

Por su parte, la directora jurídica del municipio Gladys Gutiérrez precisó: “Recibimos la decisión con beneplácito porque se fortalece la descentralización, y la autonomía de los territorios, se trata de una decisión que estábamos esperando, a pesar de que la Corte había emitido varios pronunciamientos a este artículo, pero ahora se impide que el Gobierno nacional es el único en tomar este tipo de decisiones”.

Cortolima

La Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima), ya se prepara para delimitar varias zonas de páramos, lo que impediría la explotación minera en regiones del departamento, en especial en Cajamarca, donde ya se articula con el Instituto Von Humboldt y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la delimitación del páramo entre Anaime y Chili.

Según la Corporación a pesar de que en Ibagué nueve mil 200 hectárea de los cerros del norte, fueron declarados reservas de conservación de suelos y en el páramo del Meridiano en Rioblanco dos mil 900 hectáreas, se busca delimitar los páramos de Las Hermosas, del nevado del Huila y los de Anaime y Chili, con apoyo del Ministerio de Ambiente.

Jorge Enrique Cardoso, director de Cortolima, dijo: “En nombre de las entidades territoriales celebramos la decisión de la Corte, ya que es un avance al estado social de derecho colombiano, aún más cuando el Tolima cuenta con varios ecosistemas estratégicos que podrían considerarse de alta protección...

“Ya en el escritorio del Ministro de Ambiente se tienen varias propuestas de delimitación de páramos que no solo representan seguridad alimentaria para el país, sino producción de agua; el departamento tiene 650 cuerpos de humedales y más de 400 sistemas lagunares en zonas de amortiguación y de páramos, que debemos defender”.

Por ahora se está a la espera de los elementos del fallo que emita la Corte Constitucional para conocer las condiciones en que se daría este proceso, teniendo en cuenta que al Gobierno nacional ha asegurado ser el responsable del subsuelo colombiano.

Credito
HERYK FARFÁN

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