Corte Constitucional negó tutela de polémico exrector de Honda

TOMADA DE INTERNET - EL NUEVO DÍA
La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, resolvió la acción de tutela que interpuso Luis Alfonso Cano Bolaño, el exrector del colegio Antonio Herrán Zaldúa de Honda, quien estuvo ocho años preso en Barranquilla, por abuso de menores y pornografía infantil.

La alta corte confirmó la sentencia en su contra, del juzgado Laboral del Circuito de Honda y del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en primera y segunda instancia respectivamente.

Cano Bolaños, aseguró que se le estaban “vulnerando sus derechos fundamentales a la dignidad, la intimidad y al trabajo”, debido a la publicación de una entrevista que trató de hacerle el programa televisivo ‘Séptimo Día’, ante su caso; por lo que solicitaba que se ordenara la destrucción de todo el material grabado para que no se pudiera utilizar nuevamente.

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Según la Corte Constitucional, “la circulación restringida del dato negativo tiene una finalidad precisa, pero en ningún momento podrá extenderse hasta el punto de prohibir que la sociedad pueda informarse sobre un hecho cierto y objetivo, como lo es una condena penal, lo cual atentaría contra el núcleo esencial de la libertad de expresión”, aunque sugiere que se puede hacer uso de la cautela para informar el hecho.

Esto debido a que el tutelante consideró que al haber purgado su pena, tiene “derecho al olvido” ya que saldó su deuda con la justicia y no debería sufrir estigmatizaciones, ni señalamientos de carácter discriminante por su condena pasada, pero aún así la alta corte consideró que Cano Bolaños logró reincorporarse a la sociedad.

Por lo tanto, “la Sala de Revisión estima que los hechos denunciados no constituyen vulneración alguna de los derechos fundamentales alegados por el accionante. De tal forma que la Corte Constitucional ordenará confirmar las decisiones adoptadas por los jueces de instancia”.

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