Niegan acceso a otro menor en la Ciudad de Hierro en Ibagué

JORGE CUÉLLAR - EL NUEVO DÍA
El hecho se presentó el pasado domingo, con un menor de cinco años que tiene síndrome de Down y estaba acompañado por su madre.

Un nuevo caso de aparente discriminación se presentó el pasado domingo en el centro River View Park, cuando se le restringió el acceso a las atracciones mecánicas a Nicolás Barreto Parra, quien presenta síndrome de Down.

Según la madre del menor, Johanna Andrea Parra Bedoya, el personal del escenario no pudo argumentar por qué restringió a su hijo de cinco años disfrutar de la atracción, limitándose a entregarle la sencilla explicación de que era debido a su discapacidad.

La reacción de la progenitora, recuerda, fue no permitir que otras personas pudieran subir a la estructura mecánica y pidió que el administrador del parque acudiera, para que le explicara por qué, siendo que Nicolás no padece ninguna limitación física y superaba la estatura mínina requerida (80 cm), no podía gozar de los mismos derechos que una persona en sus cinco sentidos.

“La niña que repartía las tarjetas me dijo ‘El niño no puede subir’, le dije que el niño pasa los 80 cm e insistió que mi hijo no podía y llamó el jefe. Llegó un señor y me dijo ‘qué pasa’, le pedí que me explicara qué pasaba y por qué mi hijo no podía subir a la rueda volante; solo respondió que ‘tenemos una política de restricción para los niños con discapacidad’.

“Le dije que la Constitución política prohibe cualquier tipo de discriminación y que además él va conmigo, que soy la mamá”, cuenta.

Parra Bedoya indica que a pesar de que se le permitió subir con el menor a la rueda, después de la discusión, cuando se dirigía junto con su otro hijo, de 10 años, a disfrutar de los aviones, el personal del centro de atracción insistió en que Nicolás no podía subir a menos que lo acompañara un adulto.

“Un adulto cómo se sube a un avioncito; entonces dije que de pronto con el hermano, pero me dijeron que él era muy grande. Definitivamente no pudo subir a ninguna otra atracción infantil. Yo no pretendía subirlo a las extremas y tuvimos que irnos con las tarjetas y con el dinero recargado para que el niño disfrutara, y él haciendo berrinche porque quería subir”.

No lo hubiera entendido

Johanna Andrea elevará ante la Personería y Defensoría del Pueblo una queja contra los administradores.

“Voy a presentar una queja por discriminación porque mi hijo tiene protección especial del Estado y ya en una oportunidad tuve que hacerlo con una vecina y tiene su caución: no se puede burlar de mi hijo. Nosotros como sociedad no podemos permitir una situación de que vengan empresas de otros lados a maltratar a nuestros niños.

Parra insiste en que no por tener Nicolás una discapacidad se le debe privar de divertirse en unas atracciones infantiles que deben tener unos mínimos de seguridad.

“Había unos niños más pequeños que mi hijo y a los que no les exigían un acompañante, y por qué a él, si cuando era imposible, quién lo iba a acompañar, otro niño de cinco años, le iba a dar más protección. No tiene sentido la exigencia que estaban poniendo”.

Base legal

 Consultando la norma, el numeral Seis del artículo Siete establece entre los deberes y la responsabilidad de los visitantes, usuarios y operadores de parques de diversiones es abstenerse de usar atracciones o dispositivos de entretenimiento o de participar en atracciones o actividades que representen riesgo para su integridad personal o la de las personas a su cargo, en especial por sus condiciones de tamaño, salud, edad, embarazo, mentales, psicológicas o físicas, respetando en todo caso las instrucciones y restricciones que se suministren para el acceso a las mismas. 

¿Por seguridad?

El administrador del River View Park, Juan Pablo Jurado, argumentó que en cumplimiento a la Ley 1285 de 2008, que reglamentó el funcionamiento y la operación de los parques de diversiones, prohibe que las personas con limitaciones físicas entre ellas la discapacidad mental, puedan acceder a este tipo de atracciones.

Jurado explicó que en el caso del niño Barreto Parra no se le permitió el acceso a todos los juegos debido a que no sabe qué reacción puedan tener estos menores ante una situación de adrenalina o temor.

“A la altura, estos niños son más sensibles y se pueden exaltar mucho más rápido que un niño normal. La ley nos pide que restrinjamos el acceso de estos”, complementó.

Y alegó que por proteger la vida de los menores no pueden ser tildados como discriminatorios, pues al ser esta actividad calificada como de alto riesgo la normativa establece medidas con el fin de brindar protección a los usuarios, incluidos los menores de edad. 

Credito
CLAUDIA MELO A.

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