El argumento del Municipio fue que, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 9 de 1989, “las entidades públicas no podrán dar en comodato sus inmuebles sino únicamente a otras entidades públicas, sindicatos, cooperativas y fundaciones que no repartan utilidades entre sus afiliados o fundadores ni adjudiquen sus activos en el momento de su liquidación a los mismos”.
Según revisión de la documentación que reposa en el archivo, Núñez es una persona natural, de derecho privado propietaria del colegio Los Andes, en abierta oposición del artículo citado.
No obstante, es de resaltar que esta persona logró tener por cinco años la operación de la sede educativa y aunque el contrato venció en el primer semestre de 2015, no hizo entrega de las instalaciones solicitando ampliación del plazo hasta buscar una nueva sede.
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