Ordenan a alcaldes de Espinal y Guamo construir puente veredal

SUMINISTRADA - EL NUEVO DÍA
El Tribunal Administrativo del Tolima, dio un año de plazo a las Administraciones municipales para construir un puente entre las veredas Guasimal y El Samán.

Tras una apelación, el Tribunal Administrativo del Tolima confirmó el fallo emitido por el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Civil de Ibagué en contra de las alcaldías de Espinal y Guamo en donde se ordena que de manera conjunta y en un plazo de un año deben construir un nuevo puente sobre la quebrada Eleneal, paso que une a las veredas Guasimal y El Samán.

El origen de esta medida se dio tras la acción popular que instauró Óscar Garzón Oviedo en 2015, debido a que desde hace 15 años cada vez que hay invierno, la quebrada se desborda porque la baja altura del puente vehicular lo convierte en un obstáculo, generando inundaciones en las viviendas y cultivos, a lo que se suma, que el sector queda incomunicado.

“Dentro de las pruebas que le aporté al Juzgado se ven videos donde piden auxilio porque se pueden ir niños por la fuerza del caudal o las personas de la tercera edad”, dijo Garzón Oviedo. En el expediente hay testimonios de diferentes habitantes que hablan de las inundaciones y piden que hagan un canal y “un nuevo puente”.

El demandante agregó que “en primera instancia los representantes legales de Guamo y Espinal (argumentaron) que no había necesidad de hacerlo porque no presentaba una amenaza para la sociedad”.

Mientras que el concepto del Ministerio Público en este caso fue que “la falta de mantenimiento y el pequeño tamaño del actual badén sobre la quebrada Eleneal, está generando problemas de estancamiento de troncos, arenas y el desbordamiento de las aguas sobre la estructura... (situación que termina) vulnerando de esta manera los derechos colectivos, al goce del espacio público (…) y la prevención de desastres previsibles técnicamente, de los habitantes de las referidas veredas”.

El alcalde de Guamo, Jorge E. Mellado, indicó que se necesitaría una inversión alta, razón por la cual ha buscado recursos con el Gobierno nacional, “es un puente que está en más de $600 millones, pero ha sido imposible”.

Motivo por el cual, la alternativa es adelantar una obra de mitigación junto al distrito de Usocoello para canalizar las aguas que bajan cerca a las casas y así evitar los represamientos.

 

Se reiteró la medida

 Una vez el Juzgado analizó el caso, resolvió conceder “el amparo a los derechos e intereses colectivos, al goce del espacio público, (…) dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes vulnerados”. Por ello, ordenó que los Municipios de manera conjunta adelantaran los estudios necesarios “para determinar las características que ostentará una nueva estructura sobre la quebrada Eleneal”, teniendo en cuenta el flujo vehicular, el riesgo de represamiento y la utilización por parte de los peatones. Igualmente, dio plazo de un año para adelantar la construcción, una vez se conoció el fallo, los Municipios apelaron por lo que el caso llegó al Tribunal. Allí, la Sala consideró que el estancamiento no se debe a las basuras como lo dijo la defensa sino a la “forma en que fue construido dicho puente” que genera el desbordamiento de la quebrada a lo que se le suma la acumulación de material orgánico.

Asimismo, precisó que el Juzgado fue congruente en su decisión y en la protección del derecho colectivo, motivo por el cual el pasado 4 de abril, reiteró en su totalidad el fallo de primera instancia.

Credito
XIMENA VILLALBA C.

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