La Procuraduría revoca sanción disciplinaria contra el exalcalde de Ibagué Jesús María Botero

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El fallo del Despacho del Procurador General quita inhabilidad y restituye derechos políticos a ‘Chucho’ Botero.

La Procuraduría General de la Nación revocó la sanción disciplinaria que había emitido, en contra del exalcalde de Ibagué Jesús María Botero Gutiérrez (periodo 2008 - 2011), por las irregularidades presentadas en la celebración de convenios interadministrativos con la Gestora Urbana para adelantar obras civiles.

Botero delegó en la Secretaría de Apoyo a la Gestión la facultad de contratar y ordenar el gasto sin límite de cuantía, secretaría que a su vez firmó los convenios con la Gestora Urbana para ejecutar algunas obras de infraestructura, al parecer, evadiendo los procesos de selección objetiva de contratistas, y por ello fue sancionado el exalcalde liberal con destitución e inhabilidad por 10 años.

El Despacho del Procurador General revocó lo atinente en el fallo de primera instancia, proferido por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública del 31 de agosto de 2012 y en el fallo de segunda instancia dictado por la Sala Disciplinaria el 11 de junio de 2013.

En el fallo, emitido el pasado 22 de diciembre de 2016 y que hoy permite al exalcalde Jesús María Botero Gutiérrez volver a aspirar a un cargo público, la procuradora General (e) Martha Isabel Castañeda Curvelo aduce que el auto de cargos resultó indebidamente motivado.

Contratos a espaldas de ‘Chucho’

“En el caso bajo examen se echa de menos, desde la formulación de cargos, la saturación argumentativa que demandaba el hecho de atribuir la presunta conducta bajo la modalidad de una omisión simple y no como una comisión por omisión, lo que conllevó a que se tipificara erróneamente la conducta y de contera, se sancionara de manera desproporcionada al señor Jesús María Botero Gutiérrez, pues la consecuencia de una u otra opción significó una diferencia de nueve años de inhabilidad para el ejercicio de cargos públicos”, reza el fallo de revocatoria.

El Despacho del Procurador General advierte que en el proceso no se logró demostrar que el entonces burgomaestre hubiera tenido conocimiento de lo que estaba ocurriendo al momento de celebrarse los contratos entre la Secretaría de Apoyo a la Gestión y la Gestora Urbana, porque “sencillamente esta contratación se hizo a espaldas suyas, sin que Botero Gutiérrez de alguna forma pudiera evitar el resultado”.

Por ello, para el Despacho del Procurador General no se configuró la comisión por omisión u omisión impropia que se atribuyó en los fallos de primera y segunda instancia, sino que el actuar del exmandatario ibaguereño “fue descuidado en el debido cumplimiento de los deberes de vigilancia y control frente a la función que había sido delegada”, y por ello debió endilgársele a Botero “la conducta a manera de omisión simple y llana”.

El fallo no dispuso la nulidad de lo actuado y retrotraer el proceso disciplinario hasta el auto de cargos, debido a que se cumplió el plazo de la prescripción de cinco años, respecto a los hechos investigados.

Tampoco se hace ninguna consideración sobre la sanción de inhabilidad que se impuso a los exfuncionarios Martha Mirella Peña, secretaria de Apoyo a la Gestión; Jaime Orlando Vélez, secretario de Infraestructura; Alfonso Carrero López, gerente de la Gestora Urbana, y Adriana Carolina Perea Cadavid, funcionaria del Banco Inmobiliario del Municipio.

Credito
REDACCIÓN POLÍTICA

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