Con demanda un estudiante logró reincorporación a I.E.

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El Juzgado segundo civil municipal de Ibagué, admitió una solicitud de amparo instaurada por Miguel Ángel Aguiar, en calidad de defensor del Pueblo en representación de un menor de edad, luego de asegurar la Institución Educativa Augusto E.

Medina de Comfenalco, le habría negado un cupo en el centro educativo por haber reprobado el grado Quinto de primaria el año anterior en el mismo recinto.

Según el Juzgado después de haber verificado los anexos aportados, la Institución Educativa no habría dado una justificación diferente para no brindar el cupo escolar, más que la pérdida del año en cuestión, por lo que en garantía del derecho a la educación del menor se ordenó a la Institución Educativa Augusto E. Medina de Comfenalco, que de manera inmediata se procediera a realizar las gestiones necesarias para brindar el cupo escolar a el pequeño afectado; esta medida según el oficio de dicho despacho con el fin de no generar traumatismos en el proceso educativo.

“La Defensoría del Pueblo en protección de derecho a la educación, presentó una acción constitucional para que se le garantice el derecho del cupo escolar a un menor de edad, una vez presentado la acción constitucional quedó en conocimiento del juzgado se ordenó que de manera inmediata la institución educativa realice las gestiones para el otorgamiento del cupo escolar en favor del menor”, indicó Miguel Ángel Aguiar, defensor del pueblo.

Este medio se comunicó con la institución educativa para conocer la situación con el joven, quienes dijeron se iban a pronunciar sobre el hecho, sin embargo, al cierre de esta edición no hubo respuesta.

Credito
EL NUEVO DÍA

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