Cortolima atiza la polémica sobre granja San Jorge

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
El director de Cortolima aseguró no tener competencia para ejercer labores de protección de la granja San Jorge, declarada como bien de interés cultural en 1998 por el Ministerio de Cultura.

Los llamados efectuados por algunos habitantes de Calambeo y estudiosos de patrimonio arquitectónico y desarrollo urbanístico de la ciudad y el Tolima, para la protección de la Granja San Jorge, no parecen tener eco.

Ante el inminente desarrollo urbanístico que se avizora por parte de Inacar en un radio de 119 hectáreas y que podría acabar con una de las últimas reservas naturales en el perímetro urbano, la Corporación Autónoma Regional del Tolima, se pronunció.

El director, Jorge Enrique Cardoso, advirtió no tener competencia para intervenir, pese a la resolución 0799 del 31 de julio de 1998, firmada por el entonces Ministro de Cultura, Ramiro Eduardo Osorio Fonseca.

Con relación al predio, propiedad de la Pía Comunidad Salesiana y ubicado en el sector de San Jorge, el directivo señaló que ante la entidad no se ha presentado ninguna solicitud de permiso de aprovechamiento forestal, de mejoramiento de suelos, ocupación de cauce o modificación de uso del suelo.

“Basta mencionar que según el POT al que aludimos (acuerdo 116 de 2000), dicha área se encontraba destinada para zona de actividad institucional y específicamente área de equipamiento colectivo y recreativo”, refirió Cardoso.

Y añadió “esta Corporación no tiene incidencia para intervenir en procesos de negociación predial que adelanten los particulares”.

Es válido recordar que la declaratoria del Ministerio de Cultura precisa “que el edificio principal de la Granja San Jorge consta de dos pisos y sótano y se desarrolla en torno a un patio abierto en uno de sus costados; en los tres costados restantes, los corredores se abren en arcadas de medio punto. Existe además un patio de servicios y construcciones anexas que fueron anexadas a las explotación agrícola. Sus fachadas, que presentan elementos neoclásicos, están construidas en ladrillo a la vista, proveniente del chircal de la granja.

“Que sus valores estéticos y tecnológicos se hallan en el manejo de las proporciones y en el trabajo de los arcos y columnas realizados igualmente en ladrillo. Su valor ambiental se exalta en la integridad del edificio y de su entorno de 130 hectáreas, extensión antiguamente destinada a actividades agrícolas y agropecuarias”.

¿Un canto a la bandera?

Cortolima precisó que el Concejo Municipal según el POT vigente a la fecha de la presunta negociación, no tenía declarado el predio y sus área aledañas como bosque o reserva municipal u otra figura de protección similar, “pues lo que se entiende de los antecedentes de la estructura física es aquella sometida a declaratoria y no sus áreas circundantes” como lo específica el artículo 131 del acuerdo 116 (antiguo POT) .

Según una fuente consultada que pidió la reserva de su nombre, el Municipio, aparentemente, desconoce la resolución promulgada por el Ministerio y no ha jalonado recursos para formular el Plan Especial de Manejo y Protección (Pemp) que permita proteger tanto la estructura como sus bosques, e incluirlos como reserva natural de protección en el POT.

De acuerdo con el profesional, al no estar incluido en el documento, la resolución podría ‘quedar como un canto a la bandera’, pues al no tener definidos linderos, se consideraría como zona de equipamiento.

Cortolima reitera que con el uso reglamentado con el antiguo POT, se podría desarrollar instalaciones educativas, de salud, culturales, de culto y bienestar social, lo cual dejaría sin piso la construcción de viviendas como lo prevé Inacar.

Sin embargo, la resolución tiene el amparo constitucional (artículos 70, 71 y 72) y la Ley 397 de 1997 (llamada la Ley de Cultura), por lo cual está por encima de cualquier consideración o norma regional o local.

“Luego, la resolución 799 que declaró Bien de Interés Cultural a la Granja San Jorge es norma superior y es clara cuando refiere proteger el edificio y las 130 hectáreas circundantes”, dijo la fuente.

El Papayo 

Cortolima aclaró que con respecto al predio contiguo a la Fiscalía, área donde se pretende ubicar un proyecto urbanístico y que fue aplanado, cambiando sustancialmente el paisaje, que el terreno se encuentra definido en el antiguo POT como zona de actividad integral, lo cual permite según su reglamentación, ubicar desarrollos residenciales, comerciales, de servicios e institucionales.

La autoridad ambiental informó que a la fecha se le otorgó a la empresa Construcciones y Urbanizaciones SAS, el permiso de ocupación de cauce, aprovechamiento forestal con el objetivo de ubicar infraestructura de sumideros, alcantarillas, alineamiento de drenajes naturales y cuatro pozos de inspección para descargar aguas residuales al sistema de alcantarillado del Ibal.

Y que el predio contiguo al adquirido por la empresa, es propiedad del Municipio y donde se prevé construir la nueva sede de la Secretaría de Tránsito y el tanque de almacenamiento del Ibal.

Credito
IBAGUÉ

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