El precio del dejar hacer, dejar pasar

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En el contrato otorgado a Typsa, se presentó malversación del erario y hubo graves problemas de planeación en los procesos de diseño.

La Red de Veedurías del Tolima (Revisar), en la promesa hecha a todos los lectores y la ciudadanía en general, entrega el informe número 3 para ampliar el conocimiento y fortalecer el análisis de todos los diferentes hechos sucedidos en el proceso de los Juegos Nacionales, circunstancias aberrantes, causantes de incalculable pérdidas sociales y económicas para todos los tolimenses.

Es evidente que en el contrato No. 237 de Noviembre 25 de 2.013, otorgado a la firma Typsa, no solo se presentó la malversación del erario en coimas y demás, sino que hubo graves problemas de planeación en los procesos de diseño, que se reflejó en errores garrafales en los estudios, lo que nos lleva a deducir que no fueron realizados por el personal técnico propuesto, o por lo menos el idóneo, y se pone en duda si se adelantó el trabajo de campo requerido.

Lo absurdo es que contratistas, interventores y la misma administración, tuvieron que intervenir, sobre la marcha, incluyendo ítems no previstos, nuevas actividades y cantidades de obra que desbalancearon financiera y temporalmente la ejecución de los proyectos, de igual manera suspensión de los contratos para la ejecución de las obras, sus rediseños y modificaciones, que a la postre coadyuvaron a la no culminación y entrega de las obras a satisfacción.

Las irregularidades presentadas por falta de una debida planeación para la ejecución del objeto del Contrato No. 237 de Noviembre 25 de 2013, otorgado a Typsa, conllevó a que las obras no se hubiesen desarrollado con la fluidez propia que acarrea el tener diseños debidamente elaborados; la constante fue continuas parálisis en distintos frentes de trabajo hasta tanto haber obtenido la solución a los problemas detectados en los planos suministrados para la ejecución de los proyectos.

Las incoherencias presentadas en los diseños, sumado a lo anterior trajo consigo las continuas reclamaciones de los contratistas, quienes se vieron afectados económicamente por no tener la debida información en el tiempo real para la ejecución de los trabajos que emprendían.

Se vieron enfrentados a una constante que fue iniciar y tener que parar, objeciones que debieron ser formuladas al momento de la suscripción del contrato, como correspondería a un contratista idóneo, lo que a la postre derivó en el incumplimiento final del objeto contractual por parte de los contratistas ejecutores.

Es como si quiero hacer un vestido a la medida, sin medidas, una vez logre estas (las medidas), paro el proceso para que me digan qué botones o apliques debo poner, y si después me cambian por cremalleras, el resultado terminará siendo: una colcha de retazos, incumplimiento en el tiempo de entrega, mejor dicho no puedo ir a la fiesta, porque el vestido que mandé a hacer, no quedó como quería ni me lo entregaron a tiempo para el evento que fue encargado, mejor dicho nos dejaron con los crespos hechos. En el caso de un buen sastre, este me diría: sin medidas y sin definir como quiere su vestido, yo no puedo arrancar, porque “lo que mal inicia, mal acaba”.

No sobra recordar que el contrato de consultoría suscrito con Typsa S.A. no tuvo interventoría a pesar de que está plenamente exigida en el contrato suscrito con la firma, pero el asesor jurídico de la Alcaldía, abogado Orlando Arciniegas Lagos manifestó que esta empresa tenía una excelente experiencia en este campo de la consultoría y por consiguiente no necesitaba interventoría, no se conoce en qué conocimiento técnico y legal se amparó este abogado asesor del exalcalde para determinar la idoneidad de una empresa de consultoría en diseño, e imponer que no requería la interventoría, vulnerando la Ley, pues este requisito está plenamente exigido en la Ley.

Sin embargo, seguimos sin entender cómo fue el procedimiento para pagar las actas parciales de los entregables de este contrato, cuando está plenamente consignado, especificado y exigido en el clausulado del contrato suscrito, que estas deben llevar el visto bueno del interventor designado.

Pregunta:

¿Dónde estaba el supervisor?

¿Dónde estaba la oficina de control interno del Imdri?

¿Dónde estaba la tesorería del Imdri?

¿Dónde estaba el contador del Imdri?

¿Dónde estaba el gerente del Imdri?

¿Y dónde estaba el control de orden nacional, es decir, Coldeportes, entidad que gestionó y giró la mayor cantidad de los recursos económicos, con su director Andrés Botero Phillipsbourne?.

Teniendo como base lo manifestado por los contratistas consignado en diferentes misivas, se puede concluir que debido a las falencias en que el Consultor Typsa S.A incurre al entregar un producto incompleto, inoportuno y deficiente, que se ve reflejado en la cantidad de requerimientos por parte de los contratistas e interventorías al momento de la ejecución de las obras.

También la cantidad exagerada de ítems no previstos, propios de la ejecución, los cuales desbalancearon los contratos tanto financiera como temporalmente, además de otras inconsistencias y desatinos encontrados en el presupuesto de obra.

Typsa S.A. según lo anterior, presentó unos diseños incompletos y con muchos errores de distinto orden, el supervisor del contrato no reunía las condiciones y requisitos necesarios para poder desempeñar esta labor, es totalmente irracional y descabellado asignar la Supervisión de este contrato, a un profesional sin la debida experiencia y quien no contaba con el equipo de profesionales necesarios para revisar los diseños, los cuales exigían conocimientos técnicos de distintas ramas de la arquitectura e ingeniería.

Sin temor a equivocarnos podemos decir que con el contrato suscrito con Typsa S.A., se inició la debacle para las obras de los escenarios de los XX Juegos Deportivos Nacionales y IV Paranacionales 2015, pues es claro que al no tener diseños adecuados para lo que se va a ejecutar, el resultado final de los proyectos será un desastre total, atentando contra el principio de planeación.

Aunado a esta irresponsabilidad de todos estos funcionarios, no encontramos su actuación para la defensa de nuestros recursos, en cumplimiento de su deber y compromiso como funcionarios públicos, encontramos el papel tan pobre, infecto, insensato profesionalmente por parte de la Curaduría Urbana que avaló apresuradamente unos diseños que contenían innumerables errores en la proyección (adjunto relación de muestreo), obvio concluir que el resultado final sería un caos completo y nuestra vergüenza nacional.

No se entiende cómo la Curaduría Urbana de Ibagué procedió a avalar estos diseños en un lapso de 15 días calendario, cuando existen centenares de observaciones a los diseños, presentadas por los contratistas ejecutores, aclarando que todavía existen muchas lagunas de diseño por resolver y las dudas sobrevinientes cuando se reinicien las obras respectivas.

Dentro de lo analizado por Revisar encontramos que la radicación de los planos y memorias de cálculo estructural para los escenarios de la Calle 42 se realizó el 5 de enero de 2015 y la Resolución de aprobación tiene fecha de enero 20 de 2.015 (ver anexo).

La radicación de los planos y memorias de cálculo estructural para los escenarios del Parque Deportivo se realizó el 13 de Febrero de 2015 y la Resolución de aprobación tiene fecha de Febrero 26 de 2015, es decir, estos planos fueron aprobados en un lapso de 14 días calendario y el volumen de planos y memorias de cálculo estructural a avalar, son aproximadamente un 300 por ciento mayores en cantidad y en complejidad comparados con los de la Calle 42.

Resulta incomprensible que una Curaduría Urbana evacúe un volumen alto de planos e información técnica en dos semanas para cada uno de los proyectos, sin que se generase ningún tipo de observaciones a los mismos y emitiera acto administrativo reflejado en licencia de construcción, avalando ¿proyecto de diseño? ¿estudios y especificaciones técnicas?..., ¿todo por unas costas?.

Resulta menos comprensible que los diferentes proyectos terminaran en una sola Curaduría Urbana. ¿Será esto resultado de la transparencia al momento del reparto en las Curadurías?, la cual procedió a avalar estos diseños en un lapso de 15 días calendario, cuando existen centenares de observaciones a los diseños, presentadas por los contratistas ejecutores, aclarando que todavía existen muchos vacíos de diseño y especificaciones técnicas por resolver y las dudas sobrevinientes cuando se reinicien las obras respectivas.

Cabe resaltar que los diseños eléctricos debidamente aprobados por Enertolima fueron suministrados en Octubre de 2015, a pocos días de la fecha inaugural de los Juegos Nacionales.

Teniendo los planos innumerables errores de diseño, ¿Qué parámetros adoptaron para cotizar las actividades a ejecutar? y peor aún, ¿Cómo cotizaron las instalaciones eléctricas, si no se tenían los planos, ni las especificaciones técnicas para estas?.

Con esto se evidencia que el papel jugado por la Curaduría Urbana, fue de una total incoherencia, ante la responsabilidad de contar con unos planos lo más cercanos a la perfección, puesto que se estaban sentando las bases para las obras, quizás más relevantes para los ibaguereños y tolimenses.

Pero queremos dejar para su análisis y reflexión lo siguiente:

1- Nunca fueron entregados estudios y diseños definitivos, con los cuales se pudiera adelantar un proceso serio y responsable.

2- Las tres licitaciones para las obras a construir para los escenarios de los Juegos Nacionales, tuvieron solamente un oferente o proponente  en cada una de ellas, a quien finalmente le fue adjudicado el contrato, proceso que se repitió igual en el contrato de diseño, es decir, todo fue con un solo proponente, como quien dice, el traje fue hecho a la medida.

3- ¿Qué relación tenían las firmas proponentes y adjudicatarias, aparte de que son foráneas (Españolas) para que no hubiesen argumentado en la etapa precontractual, las falencias en los diseños y estudios técnicos de los entregables derivados del contrato de consultoría de diseño, elaborado por la firma Española Typsa S.A.?. Omitieron poner en evidencia las falencias desprendidas del proceso de diseño.

4- Siendo los únicos oferentes para cada una de las licitaciones, presentaron su propuesta económica (análisis de precios unitarios, presupuesto y programación de obra), casi que idéntica al presupuesto oficial del Imdri, es decir, muy pero muy similares a los presupuestos oficiales respectivos.

A estos interrogantes y con lo anteriormente expuesto, se presume que tuvieron información privilegiada por lo que solo se limitaron a copiar estrictamente al pie de la letra toda la información suministrada, cambiando levemente algunos precios en valores mínimos, pero el resultado final se ajusta plenamente con el Presupuesto Oficial, su diferencia es mínima.

Lo anterior induce a pensar que todo fue previamente planeado y acordado entre las partes (Contratante – Contratistas), para hacerse con las licitaciones. Sin embargo se presentaron graves errores en las propuestas presentadas, y aun así el comité evaluador designado por el Imdri, habilitó y avaló las únicas propuestas, con estos desaciertos tan notorios y evidentes.

Es cierto que el objeto contractual es para desarrollar juegos, esto no califica para que se jugara en forma tan monstruosa con el presupuesto de las obras, para nuestros escenarios deportivos, para los nuestros y sus futuras generaciones, que sería la oportunidad de a través de los Juegos Nacionales tener una ventana hacia todo un país, incluso fuera de él, que era la oportunidad para muchos comerciantes, hoteleros, restaurantes y muchas personas más que tenían puestas sus expectativas en ello, por qué jugar con las ilusiones de todo un departamento.

Al juego macabro que se tejió alrededor de estas obras, todavía le quedan muchos cabos sueltos que deben unirse, no basta con la devolución de dinero, el daño material, social y moral que sufre todo el Tolima es incalculable y no es solo de un día, será por muchos años. 

Por lo tanto, todos y cada uno de los comprometidos, deben responder por sus actos y son los entes de control los llamados a que esto suceda porque de lo contrario como en la “Aldea de Florencia podemos hacer sonar las campanas”, porque en Ibagué “La justicia ha muerto”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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