Otra vez el Juzgado suspendió juicio contra Hurtado por peticiones y apelación de la defensa

Crédito: Archivo / El Nuevo Día.El alcalde de Ibagué, Andrés Hurtado es juzgado por hechos que ocurrieron cuando era administrador del aeropuerto Perales.
Una vez más debe ser el Tribunal Superior de Ibagué quien tome una decisión en segunda instancia ante las peticiones del abogado defensor Humberto Escobar.
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Una vez más la presentación de testigos por parte de la Fiscalía contra el alcalde Andrés Fabián Hurtado fue interrumpida en el juicio oral que se lleva a cabo por los piques ilegales en el aeropuerto Perales en 2014, luego de que se elevaran múltiples solicitudes por el defensor del mandatario, el abogado Humberto Escobar.

Desde el 2020, las múltiples situaciones que han surgido o aparecido en el juicio no han permitido que el mismo se desarrolle de forma exitosa, ni que se logre la presentación formal de las personas que tiene la Fiscalía en lista, entre ellos personal de la Aeronáutica Civil y Policía Aeroportuaria.

La última petición del profesional fue incluir como prueba sobreviniente al proceso, el fallo absolutorio proferido el pasado 1 de febrero por el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué en favor de Daniel Cadena Ortiz, el vigilante acusado de manipular las cámaras de seguridad del aeropuerto para la época de los hechos. 

Esto, pese a que la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué revocó el fallo y condenó a Cadena Ortiz a una pena de cuatro años y cinco meses en prisión.

Escobar señaló que la inclusión de la prueba se hace hasta ahora teniendo en cuenta que para la época de la audiencia preparatoria en 2019, no podría haber conocido dicho pronunciamiento y que el mismo es “muy significativo” para el caso.

Ibagué

“Es un elemento de prueba muy significativo para la solución del caso porque se trata de la decisión por medio de la cual se puso fin a un proceso que se adelantó por el mismo componente fáctico y cronológico el que aquí está sometido el tamiz de la judicatura e incluso en las dos actuaciones se cuenta con idéntica comunidad probatoria (...) de no incluirse esta prueba para que su señoría la valore al momento de adoptar la decisión que corresponda se estaría impidiendo desarrollar de manera eficiente la actividad defensiva que con tanto celo protege nuestra carta política (...) estamos ante una prueba de gran valía, muy importante y que puede arrojar luces en la defensa del caso”, acotó el abogado en una explicación que duró más de 20 minutos.

En ese sentido el representante del Ministerio Público, acotó “la petición su señoría es que no se acepte esa solicitud inapropiada por el momento procesal en el cual estamos, entre otras razones considerando el perjuicio que podría producir el derecho de defensa a la integridad del juicio, cada audiencia es un proceso diferente (...)”, señaló.

Entretanto, la Fiscalía indicó que: “para la Fiscalía ese documento no constituye una prueba como tal (...) esta es una carpeta que prescribe en octubre de este año y quedan demasiado cuestionadas las solicitudes que se elevan por parte del defensor, obviamente él las puede hacer como lo hace la Fiscalía, pero que las mismas no vayan en contravía del desarrollo de este juicio oral (...) solicitó que no se admita y podamos continuar, tengo todos los testigos citados”. 

Contrario a lo expuesto por dos de las partes, el abogado Marco Ricardo Mariño, representante de la Aeronáutica Civil en calidad de víctima, no se opuso a la petición de incluir la prueba, a su juicio, “esa prueba resulta útil, pertinente y conducente no solamente para las partes, sino para los intervinientes, ahora bien el fundamento principal es que el señor Juez se puede contaminar, pero no podemos hablar de contaminación a estas alturas cuando es una decisión de una providencia conocida por todo el mundo (...) de ser negada estaríamos indirectamente en que se haga uso de los recursos y se siga dilatando esta actuación”, puntualizó.

A su vez, el Juzgado Segundo del Circuito quien sostuvo que: “bajo ningún punto de vista se ha pormenorizado a instancia del doctor Humberto Escobar, cuál es la pertinencia de este medio de persuasión de la sentencia absolutoria a Daniel Felipe Cadena en lo que respecta al asunto de esta causa, lo único cierto para estrado es que la sentencia impartida contra Daniel Felipe Cadena Ortiz constituye una tesis derrotada y necesariamente ha sido lo manifiesto porque es de público conocimiento”, señaló el Juez, quien rechazó la admisión de la prueba que expuso el abogado defensor. 

Tras lo expuesto, el abogado Humberto Escobar, apeló la postura del Juez, lo que llevó a que la decisión la tome el Tribunal Superior de Ibagué. Una vez se conozca el pronunciamiento se anunciará la fecha en que se retomará el juicio contra el mandatario local.


 

Otra de las peticiones

Una vez corrían los primeros minutos del juicio contra el burgomaestre, el abogado Humberto Escobar pidió suspender la diligencia, su argumento tenía razón en una acción de tutela interpuesta contra la sala penal del Tribunal Superior de Ibagué, ante la negativa de cambiar el juez, que supuestamente no sería imparcial ante el caso. 

“Ante la grave situación que entraña que el procesado no cuente con el derecho que le asiste a ser juzgado por un Juez independiente e imparcial, la defensa se vio abocada a instaurar una acción de tutela”, dijo Escobar.

Al respecto, la Fiscalía se declaró sorprendida “por las constantes situaciones sorpresivas del doctor Humberto Escobar antes de iniciar esta continuación de juicio oral, sería la cuarta ocasión en que se impida que la Fiscalía continúe en desarrollo normal (...) esto ya se constituye una dilación y una burla a la justicia para que se impida la continuación del juicio oral”, señaló la  Fiscal.

“Es una petición dilatoria y temeraria, que no tiene ninguna incidencia para que no se lleve  a cabo hoy la continuación del juicio oral”, acotó Ricardo Mariño.

Finalmente el Juez optó por negar la suspensión en esta primera parte de la audiencia, toda vez que alegó no haber sido notificado del trámite de la acción de tutela.

 

DATO:

Al Alcalde Hurtado se le acusa de los presuntos delitos de peculado por uso en concurso heterogéneo con ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, por los hechos que tuvieron lugar en 2014.
 

Sería la cuarta ocasión en que se impida que la Fiscalía continúe en desarrollo normal (...) esto ya se constituye una dilación y una burla a la justicia para que se impida la continuación del juicio oral

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

Credito
Redacción Ibagué.

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